martes, 12 de enero de 2010

EL PAGO DEL REFRENDO NO ESTÁ CONDICIONADO A REALIZAR LA AFINACIÓN CONTROLADA

La Secretaría de Finanzas informa a la ciudadanía en general que el pago del refrendo vehicular 2010 no se encuentra condicionado a la afinación controlada, y los ciudadanos pueden realizar el pago acudiendo directamente a las oficinas recaudadoras, vía internet o bien en bancos, tiendas de autoservicio Soriana, OXXO, 7 Eleven y en Telecom telégrafos, imprimiendo el formato correspondiente en la página de internet http//:sefin.jalisco.gob.mx.


El descuento del 30 por ciento es un incentivo sujeto a la voluntad de los ciudadanos y sólo se otorgará a aquellos automovilistas que acudan con su tarjetón que acredite la afinación controlada vigente, con ello además de mantener en buen estado su automotor contribuirán al mejoramiento del medio ambiente.

Obligatoriedad de la Ley de Ingresos

En sesión de fecha 9 de diciembre de 2009 fue aprobada la Ley de Ingresos para el Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal 2010, la cual fue publicada el 26 de diciembre de 2009, y el artículo noveno transitorio de la Ley señala que, para que procedan los descuentos en el pago de refrendos los contribuyentes, deberán acreditar que sus vehículos fueron verificados conforme al programa de reducción de emisiones vehiculares. La Ley de Ingresos vigente para el 2010 es una norma de interés público y de aplicación obligatoria, las dependencias del Poder Ejecutivo están obligadas a cumplir la Ley.

Además de lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 13 del Código Fiscal del Estado las normas de Derecho Tributario que establezcan cargas a los particulares, y las que señalen excepciones a las mismas, serán de aplicación estricta, en este sentido las dependencias de la Secretaría de Finanzas no están facultadas para omitir los requisitos exigidos para el otorgamiento del descuento.

Constitucionalidad o inconstitucionalidad de las Leyes

En los términos de los artículos 103 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es competencia de los tribunales federales determinar si las leyes o actos de la autoridad violan garantías individuales y por tanto contravienen la Constitución. No es competencia de las dependencias del Ejecutivo del Estado señalar el cumplimiento o incumplimiento de las disposiciones constitucionales de una determinada Ley.

Los requisitos impuestos en el artículo noveno transitorio

En la Ley de Ingresos vigente para el 2010, no se impide a los contribuyentes a pagar el derecho de refrendo anual de registro y holograma. Para acceder a un beneficio de descuento es necesario acreditar el cumplimiento al programa de verificación vehicular vigente.

7 comentarios:

  1. ¿Entonces ya no existen los descuentos que anteriormente había del 30, 20 y 10 por ciento, durante los primeros meses del año?

    Gracias.

    ResponderEliminar
  2. CON TODO RESPETO POR FAVOR NECESITO QUE ACLARE SI HAY O NO DESCUENTO Y SI SI O NO SE OCUPA LA VERIFICACION

    GRACIAS

    ResponderEliminar
  3. Si no habrá descuento del 30% a no ser con el holograma de verificacion pues mejor pagaré mi refrend hasta marzo o abril, yo afino mi carro 3 veces al año pero no en talleres que dan hologramas...

    ResponderEliminar
  4. que se meta tres metros bajo tierra emilio, y todos los del pan

    ResponderEliminar
  5. tres dedos ? ? ? ? TODA LA MANO ! ! ! ! !

    ResponderEliminar
  6. Total que todo lo que se dice en este articulo, esta escrito como para que solo los abogados lo entiendan a la primera, que les cueta decir: " Si no Realiza su verificacion vehicular, no hay descuento" y punto.

    ResponderEliminar
  7. hay otras maneras de sacar lana para los malditos panamericanos, no creen ? como reduciendo los sueldos y bonos de los inservibles diputados y burocratas.

    saludos

    ResponderEliminar