En el caso de las hermanas Jennifer Alejandra, Karla Paola y Priscila Guadalupe, todas ellas de apellido Arroyo Esquivel, así como de la menor Fabiola Jacqueline Reyes Esquivel, el Consejo Estatal de Familia informa que el cambio de albergue Ríos en el Desierto, A.C., donde se encontraban las niñas, se dio apegado a derecho, ante un proceso de adopción que enfrentan las menores.
Desde hace tres años, el 7 de febrero de 2007, cuando el Agente del Ministerio Público (oficio 544/2007) puso a disposición del CEF a estas niñas, el organismo se ha mantenido al pendiente de la situación legal y física de las menores.
En mayo de 2007, se concluyó que los padres biológicos no podían tener su custodia ante los malos tratos que les daban, ya que las propias niñas señalaron que eran golpeadas por ellos.
Luego de un proceso legal, el 6 de julio de 2009, se dicta sentencia definitiva por parte del Juzgado 10 de lo Familiar, donde se libera a las menores, es decir, sus padres pierden la patria potestad y las niñas pueden ser adoptadas.
Desde hace seis meses, el 14 de septiembre de 2009, se le notificó al albergue Ríos en el Desierto, A.C., que se prepararía a las menores, previa valoración psicológica, para explicarles que formarían parte de una familia.
Durante este año de 2010, se llevaron a cabo tres visitas para darle seguimiento al caso, donde se les ha reiterado que serían cambiadas de albergue para preparar su adopción.
En la novena sesión ordinaria, con fecha del 11 de marzo de 2010, el pleno del Consejo Estatal de Familia (compuesto por cinco integrantes) decide por unanimidad, el cambio de albergue de las menores.
Esta acción se ejecuta de manera legal por parte del CEF, como tutor de las niñas Jennifer Alejandra, Karla Paola y Priscila Guadalupe, de apellido Arroyo Esquivel, así como de la menor Fabiola Jacqueline Reyes Esquivel, el 18 de marzo.
Desde hace tres años, el 7 de febrero de 2007, cuando el Agente del Ministerio Público (oficio 544/2007) puso a disposición del CEF a estas niñas, el organismo se ha mantenido al pendiente de la situación legal y física de las menores.
En mayo de 2007, se concluyó que los padres biológicos no podían tener su custodia ante los malos tratos que les daban, ya que las propias niñas señalaron que eran golpeadas por ellos.
Luego de un proceso legal, el 6 de julio de 2009, se dicta sentencia definitiva por parte del Juzgado 10 de lo Familiar, donde se libera a las menores, es decir, sus padres pierden la patria potestad y las niñas pueden ser adoptadas.
Desde hace seis meses, el 14 de septiembre de 2009, se le notificó al albergue Ríos en el Desierto, A.C., que se prepararía a las menores, previa valoración psicológica, para explicarles que formarían parte de una familia.
Durante este año de 2010, se llevaron a cabo tres visitas para darle seguimiento al caso, donde se les ha reiterado que serían cambiadas de albergue para preparar su adopción.
En la novena sesión ordinaria, con fecha del 11 de marzo de 2010, el pleno del Consejo Estatal de Familia (compuesto por cinco integrantes) decide por unanimidad, el cambio de albergue de las menores.
Esta acción se ejecuta de manera legal por parte del CEF, como tutor de las niñas Jennifer Alejandra, Karla Paola y Priscila Guadalupe, de apellido Arroyo Esquivel, así como de la menor Fabiola Jacqueline Reyes Esquivel, el 18 de marzo.
no sean mentirosos y digan la verdad, como son del mismo equipo pues es facil taparles las chuecuras y porqurias del CEF.
ResponderEliminarPorque no ven la posibilidad de Hogares sustitutos con supervición asistida pero de verdad y que después, si no se resuelve favorablemente su caso entonces si darlos en adopción pero que los niños quieran ser adoptados y con una edad prudente.
ResponderEliminarhola porfabor xq no piensan en el bienestar d los niños q no ay mejor lugar q esten con su madre..
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