Respecto a la información del detalle del gasto de
los Juegos Panamericanos que actualmente es del dominio público, la Secretaría
de Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco rechaza la interpretación de que
los recursos se originaron en partidas que tenían como propósito atender
necesidades sociales.
En una hoja de cálculo que se difundió de origen por
la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Finanzas, viene una relación
detallada que, entre otras columnas incluye el número y el nombre de la cuenta
contable en el que se registró el gasto que realizaron diversas entidades con
motivo de los Juegos Panamericanos.
El nombre de la cuenta contable tiene su origen en el plan de cuentas emitido por
el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), adoptado recientemente
por el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado.
Cabe aclarar que la nueva clasificación contable,
que se ha estableció a nivel nacional con el propósito de uniformar la forma en
que los diversos niveles de gobierno llevan su contabilidad, en aras de
fortalecer la transparencia y rendición de cuentas, está en proceso de
armonizarse a la clasificación presupuestal que hasta la fecha se había venido
aplicando en el Gobierno del Estado de Jalisco.
Parte del gasto etiquetado para Juegos Panamericanos
se erogó presupuestalmente en la partida denominada Erogaciones Imprevistas,
clave 4417, tal como viene relacionada en la hoja de cálculo mencionada, que de
acuerdo con la matriz de conversión emitida por el CONAC, corresponde a la
cuenta 5.2.4.1, denominada “Ayudas Sociales a personas”, que en su definición
establece que se refiere al gasto por ayudas sociales o ayudas especiales que
no revisten carácter permanente,
Así mismo se refiere la definición de la partida
como asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones que por su carácter de
imprevisible no pudieron especificarse en el presupuesto respectivo de las
Dependencias y Organismos del Gobierno a instituciones, personas, así como a
diversos sectores públicos y privados a los que el Ejecutivo autoriza los
apoyos económicos solicitados para propósitos sociales. Se consideran también
en esta partida las erogaciones destinadas a cubrir o apoyar eventos
circunstanciales en el Estado que pudieran presentarse en el ejercicio fiscal
correspondiente.
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