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jueves, 17 de marzo de 2011

Reitera el Consejo Estatal de Familia actuar dentro del marco legal en el caso de la menor “Dana”

En relación a la situación de “Dana”, quién es pupila del Consejo Estatal de Familia (CEF), este organismo desea aclarar que dicha menor actualmente se encuentra físicamente con la pareja formada por el señor Víctor Hugo García Talavera y Ana del Refugio De la Torre Maldonado.

Esta situación es contraria a derecho, ya que un Juzgado de Distrito determinó que la sentencia emitida por el Juzgado Noveno de lo Familiar, mediante la cual se les otorgó la Custodia Provisional de la menor, adolecía de defectos procesales por no asistir el Derecho a los solicitantes.

En este momento, la situación legal de la pequeña “Dana” no ha sido resuelta en definitiva por lo que el proceso legal no ha concluido. Cabe aclarar que dicha menor no es sujeta de adopción, dado que falta por resolver lo relacionado a los derechos del ejercicio de patria potestad correspondientes a la progenitora y culminar el llamado a juicio de los demás familiares que puedan ejercer algún derecho sobre ella.

En otro orden de ideas, el señor García Talavera y su esposa deben esperar los tiempos legales correspondientes y someterse, como lo marca la Ley, a las valoraciones del CEF para determinar su viabilidad o inviabilidad como adoptantes. Sin embargo, la pareja se ha negado a acudir ante ese organismo, e incluso existe un desestimiento de su parte a continuar con el procedimiento para la Custodia y Adopción de un menor, ante lo cual y dado el desinterés de su parte el expediente administrativo se archivó.

El CEF, por Ley, está obligado a investigar las condiciones físicas, psíquicas y emocionales en que se encuentran los solicitantes de custodia, que pretenden asumir la misma. Sin embargo, el señor García Talavera y su esposa se han negado a ser valorados por personal del CEF. Así mismo su negativa ha sido reiterada en el sentido de permitir que personal del CEF realice la valoración a la pequeña “Dana”.
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Mientras la situación jurídica de la menor “Dana” no sea resuelta, se produce un daño importante a los derechos que tendría al pertenecer a una familia, como tener una identidad, el acceso al sistema educativo o servicios de salud, e inclusive a la sucesión testamentaria.

Es necesario dejar en claro que, en todos los casos de menores a disposición y tutela institucional del CEF actúa siempre bajo la aprobación del Pleno del Consejo (cinco consejeros titulares), apegados al bienestar superior de la niña o del niño, y al Estado de Derecho.