martes, 23 de marzo de 2010

Se reforma el Artículo 180 de la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco

• El ciudadano infractor podrá pagar multa al 50 por ciento después de 10 días de su emisión

La Secretaría de Vialidad y Transporte del Estado, informa que de acuerdo a lo publicado el pasado 26 de diciembre del 2009, en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, a partir del próximo 26 de marzo el ciudadano que comenta una infracción vial podrá pagar su multa 10 días después de su emisión con un Descuento del 50 por ciento.

Lo anterior debido a que el Congreso del Estado decreta la reforma del Artículo 180 de la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco que a su letra dice:

Artículo 180 el crédito fiscal derivado de una multa de carácter administrativo, podrá pagarse sin recargo alguno, dentro de los 30 días siguientes al de la notificación de la cédula de infracción; pero si el infractor efectúa su pago dentro de los primeros 10 días. Tendrá derecho a una reducción del 50 por ciento en el monto de la misma; en el caso de que el pago lo haga del día décimo primero al vigésimo noveno día, la reducción será únicamente del 25 por ciento.

Es por ello, que la dependencia insta a los ciudadanos infractores a realizar su pago dentro de los primero diez días a la emisión del folio, ya que si lo paga al día 11 el descuento sólo aplicará al 25 por ciento o en su caso, si excede los 30 días de su emisión, le generará recargos.

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