viernes, 11 de febrero de 2011

Faltan requisitos a Guadalajara para registrar su solicitud de crédito

La Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado informa que aún no está en condiciones de registrar la solicitud de crédito del Ayuntamiento de Guadalajara, ya que el expediente que hizo llegar el Municipio a esta dependencia le faltan los siguientes elementos:
1.- No se acredita el objeto del financiamiento.

El destino debe ser específico en los términos del artículo 117 fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 14 de la Ley de Deuda Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

2.- El crédito no se encuentra previsto en el programa financiero anual de presupuesto de egresos del Municipio de Guadalajara para el presente ejercicio fiscal de conformidad a lo señalado por el artículo 16 de la Ley de Deuda Pública del Estado de Jalisco.
Por razones de equilibrio presupuestal el ingreso del financiamiento debe estar previsto en la Ley de Ingresos del Municipios.

3.- No se realizó el dictamen de viabilidad financiera, con el cual atendiendo a la naturaleza, objeto y destino del crédito, se determina la capacidad financiera para su amortización. De acuerdo a lo señalado por el artículo 5° de la Ley de Deuda Pública.

El monto de endeudamiento supera el 10% del presupuesto de egresos para el Ayuntamiento de Guadalajara, para el ejercicio fiscal de 2011. No puede contratarse deuda por montos superiores, a menos que acrediten los requisitos señalados por el artículo 5° de la Ley de Deuda Pública del Estado de Jalisco.

Se debe mencionar que cualquier falta a estas condiciones resta validez jurídica del registro de la deuda, lo cual se fundamenta en el artículo 8º de la Ley de Deuda Pública que a la letra señala:
“Las operaciones de crédito público realizadas en contravención a las disposiciones previstas en la presente ley son nulas de pleno derecho sin perjuicio de la responsabilidad en que incurran quienes las lleven a cabo.”

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